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REGLAMENTO PARA EL ARRENDAMIENTO, PERMISOS Y OCUPACION - AUTORIDAD DE TIERRAS

Updated: May 17, 2019


Mediante este AVISO la Autoridad de Tierras de Puerto Rico informa al público sobre la propuesta del siguiente:

REGLAMENTO PARA EL ARRENDAMIENTO, PERMISOS DE ENTRADA Y OCUPACIÓN DE LOS TERRENOS Y PROPIEDADES PERTENECIENTES A LA AUTORIDAD DE TIERRAS DE PUERTO RICO

El Reglamento propuesto se promulga en virtud de las facultades conferidas a la Autoridad de Tierras de Puerto Rico por la Ley Núm. 26 del 12 de abril de 1941, según enmendada, (28 L.P.R.A. §§ 241 et seq.), “Ley de Tierras de Puerto Rico”, la Ley Núm. 26 de 29 de abril de 2017, según enmendada, “Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal”, y la Ley Núm. 38 de 30 de junio de 2017, según enmendada, conocida como “Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Gobierno de Puerto Rico”, según enmendada.


Este Reglamento estará disponible al público para su revisión, en la Oficina de Asuntos Legales de esta Agencia, Ave. Fernández Juncos Núm. 1311, Parada 19 1/2, San Juan, Puerto Rico, abierta al público de lunes a viernes de 7:30am a 4:00pm., o a través de nuestra página cibernética: www.agricultura.pr.gov.


Cualquier comentario, recomendación o solicitud de vista oral acompañada de los fundamentos que justifiquen la concesión de la misma, deberán ser remitidos por escrito al Director Ejecutivo de la Autoridad de Tierras de Puerto Rico dentro de los próximos treinta (30) días, contados a partir de la fecha de la publicación. Los mismos deberán ser remitidos al Apartado 9745, San Juan, P.R. 00908-9299 o reglamentosatpr@agricultura.pr.gov.


Agro. Juan Luis Rodríguez Reyes

Director Ejecutivo

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